Lo que hay que saber sobre Seguros de Viaje y Turismo Activo

A continuación Leonardo Vigliarolo gerente de Aventura Seguros y miembro de  la Asociación Argentina de Ecoturismo y Turismo Aventura nos define brevemente el significado del Seguro y su debido empleo en turismo activo a fin de ampliar el conocimiento a los usuarios y abrir el canal de comunicación para consultas relacionadas al tema:

El Seguro

Es un contrato por el cual una empresa de seguros, se obliga, mediante un
cobro de una cuota, a indemnizar el daño producido a otras personas, o a
satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas. De esta
forma, brindaría una protección hacia el contratante para el mejor
desarrollo de su actividad cotidiana.
Podemos decir que el Contrato de Seguro puede cubrir distintas necesidades acorde cada uno de los solicitantes: Podemos emplear el seguro en personas, bienes de personas, responsabilidades por posibles reclamos, vehículos, etc.

Productos

En Turismo Activo, las opciones que utilizamos son los contratos o seguros
de Accidentes Personales y Responsabilidad Civil como productos más directos y más necesitados por el medio, sobre todo en el ejercicio de la actividad de Turismo Activo.
El Seguro de Accidentes Personales, es un producto aplicable a toda persona que realice actividades de corta o larga duración, otorgando una cobertura en caso de posibles accidentes o lesiones que requieran asistencia, recate o en caso de fallecimiento, una suma determinada a los beneficiarios del accidentado. El producto puede ser de contratación individual o grupal.
Esta cobertura tiene la función de cubrir al accidentado e indemnizar dentro del plazo establecido de producido el incidente a quien corresponda.
El seguro o contrato de Responsabilidad Civil cubre al contratante, que
brinde servicios hacia terceras personas y que, por posibles reclamos
legales que estas puedan iniciarle en caso de accidentes que produzcan
lesiones o fallecimiento.
El producto se contrata por medio de una suma asegurada que servirá de
respaldo al asegurado para afrontar el reclamo una vez que se determine la
suma del mismo.
En este caso es la Compañía emisora de la Cobertura la que deberá brindar
asesoría letrada al asegurado.

El fin de la contratación

En la Argentina, el Turismo Activo va tomando mas protagonismo año a año y los entes gubernamentales exigen medidas y reglamentaciones para un mejor ordenamiento y así cumplir con normas de seguridad y protección al pasajero.
Dentro de los requisitos mas solicitados, están los seguros. Y como
prestadores de servicios nos vemos obligados a contratarlos con ese fin,
«cumplimentar reglas».
Es muy importante tomar conciencia de que los seguros se contratan por el
simple hecho de proteger y protegerse como empresa. Mas allá de que un
organismo solicite la contratación de los mismos, el seguro puede brindar
cobertura al contratante donde él mismo lo disponga, sea dentro o fuera de
cada jurisdicción, o en su lugar de trabajo.
Por ello, Antes de la contratación de los seguros que se exigen, es
importante tomar conciencia y conocer el producto; analizarlo, conocer el
alcance de su cobertura, lo que no se puede asegurar, franquicias del
producto, pago de siniestros y sobre todo, contar con un buen asesoramiento de profesionales que conozcan específicamente la actividad.

Leonardo D. Vigliarolo
Aventura Seguros
Tel: 011 4294 8057 / Cel : 15 4028 8475
Nextel: 635*434
Mail: [email protected]
Web: www.aventuraseguros.com.ar
Miembro de: AAETAV (Asociación Argentina de Ecoturismo y Turismo Aventura)

Vía: MundoTrekking